ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA FRACCION AL ARTICULO 9 Y SE ADICIONA ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 23 DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APERTURA RAPIDA DE EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE TUXTLA GUITIERREZ, CHIAPAS.
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS. EL CUAL ES DE ORDEN PUBLICO E INTERES SOCIAL Y TIENE POR OBJETO REGULAR EL ESTABLECIMIENTO DEL SISTEMA DE APERTURA RAPIDA DE EMPRESAS PARA EL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIERREZ, A EFECTO DE QUE LAS EMPRESAS QUE SE IDENTIFIQUEN DENTRO DEL CATALOGO DE GIROS Y QUE CON UNA SUPERFICIE IGUAL O MENOR A 400 METROS CUADRADOS PUEDAN OBTENER SU LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO E INICIAR OPERACIONES EN UN TIEMPO MAXIMO DE 3 DIAS HABILES, EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN EL EN REGLAMENTO, EL CUAL PARA OBJETO DE ESTE EJERCICIO SE ADICIONA FRACCION V DEL ARTICULO 9 Y SE ADICIONA ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 23; PARA QUEDAR DE LA SIGUIENTE MANERA:
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE
EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 9.- A la Secretaria de Protección Civil, a través de sus dependencias le compete las siguientes atribuciones:
I. Vigilar y hacer cumplir en la esfera de su competencia, la aplicación del presente Reglamento y demás disposiciones en la materia de Protección Civil;
II. Realizar la inspección y verificación correspondiente, observando que se cumplan los requisitos establecidos en el Formato Único de Apertura de Empresas (FUAE)
III. En su caso, informar a los responsables de la Ventanilla SARE, para que se dé inicio al procedimiento de solventación, y en caso de incumplimiento, proceder en los términos establecidos en el presente Reglamento.
IV. Emitir Dictamen de Validación de las Medidas de Seguridad en Materia de Protección Civil.
V. Revisar y Validar el Formato de Análisis de Riesgos Externos exclusivo para establecimientos SARE (ARE – SARE) en caso de tratarse de inmuebles ubicados dentro de la estructura urbana con la nomenclatura “Uso habitacional Condicionado a Análisis de Riesgo” (H-1 CAR), establecida en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tuxtla Gutiérrez, 2015 – 2040.
CÁPITULO V
DE LA SOLICITUD DE LA CONSTANCIA DE FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO Y DESTINO DE SUELO Y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO SARE
Artículo 23.- Para el otorgamiento de la Constancia de Factibilidad de Uso y Destino de Suelo y Licencia de Funcionamiento SARE, los particulares deberán presentar los siguientes requisitos:
I. Requisitar y anexar la documentación señalada en el Formato Único de Apertura de Empresas (FUAE) con los siguientes datos.
Datos de información:
A. Fecha de la solicitud.
B. Datos del solicitante:
1) Nombre, razón o denominación social del titular.
2) Nombre del representante legal, en su caso.
3) Si se trata de persona física o persona moral.
4) Registro Federal de Contribuyentes.
5) Si se trata de propietario o poseedor.
C. Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Municipio:
1) Calle.
2) Número exterior.
3) Número interior.
4) Colonia.
5) Código postal.
6) Población.
7) Entre que calles se encuentra ubicado.
8) Número de teléfono de contacto.
D. Correo electrónico para recibir notificaciones.
E. Domicilio del establecimiento
1) Calle.
2) Número exterior.
3) Número interior.
4) Colonia.
5) Código postal.
6) Población.
7) Entre que calles se encuentra ubicado.
8) Número de teléfono del establecimiento.
9) Número de superficie del inmueble a utilizar para el giro solicitado (m2).
10) Cuenta predial.
11) Clave catastral.
F. Información estadística.
1) Número de empleos generados.
2) Capacidad máxima de clientes.
3) Monto estimado de la inversión.
II. Documentos anexos:
A) Copia de la identificación oficial del titular o copia del documento migratorio tratándose de extranjeros, y en su caso, de su representante legal, Identificación oficial del arrendador en caso de rentar el inmueble.
B) Copia del acta constitutiva, en el caso de personas morales.
C) Copia del poder legal de quien realiza el trámite, en su caso.
D) Copia de la escritura pública que acredite la propiedad del inmueble, o en su caso, del documento que acredite la posesión.
E) Fotografías del establecimiento y dónde se aprecie su construcción.
F) Croquis de localización del establecimiento.
G) Copia del pago de predial vigente.
H) Firma de carta compromiso.
I) Registro Federal de Contribuyente o Constancia de Situación Fiscal.
J) Comprobante de pago de los derechos del trámite.
Para los inmuebles ubicados dentro de la estructura urbana con la nomenclatura “Uso habitacional Condicionado a Análisis de Riesgo” (H-1 CAR), establecida en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tuxtla Gutiérrez, 2015 – 2040, además de los requisitos señalados en la fracción II que antecede, deberán de presentar requisitado el formato de: Análisis de Riegos Externos exclusivos para establecimientos SARE (ARE – SARE), mismo que deberá contar con la validación de la Secretaria de Protección Civil Municipal.